JUSTICIA

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26/08/2026

La Legislatura aprobó el nuevo sistema para elegir autoridades del Tribunal Superior de Justicia

La Legislatura convirtió en ley el nuevo mecanismo para garantizar una conducción ágil y sin bloqueos.

La Legislatura de Neuquén aprobó la reforma que modifica el mecanismo para la elección de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y establece un sistema más simple para garantizar la continuidad en la conducción del máximo órgano judicial de la provincia. Con la sanción, la elección podrá resolverse por mayoría simple entre sus integrantes.

La iniciativa, presentada originalmente por el bloque Juntos por el Cambio Neuquén-UCR, modifica el artículo 36 de la Ley 1436, con las reformas introducidas por la Ley 3410, y reglamenta el artículo 239 de la Constitución provincial. El cambio apunta a darle al Tribunal un procedimiento más ágil, claro y previsible para definir sus autoridades.

La nueva normativa mantiene una característica central del sistema neuquino: la presidencia del TSJ continuará turnándose anualmente entre sus integrantes. La modificación se concentra en cómo se resuelve esa elección, incorporando la mayoría simple como mecanismo para evitar que la falta de consensos más amplios pueda derivar en demoras o bloqueos institucionales.

Cómo funcionará el nuevo sistema en el TSJ

Con la ley aprobada, los propios integrantes del Tribunal Superior de Justicia podrán definir quién ejercerá la presidencia mediante mayoría simple, preservando así el principio de autogobierno del Poder Judicial.

El cambio busca garantizar que las diferencias internas propias de un órgano colegiado no terminen afectando la conducción formal de una institución que cumple funciones esenciales dentro del Estado provincial.

La presidencia del TSJ no tiene solamente una función representativa. También interviene en aspectos administrativos, presupuestarios e institucionales vinculados con el funcionamiento del Poder Judicial.

Por eso, la nueva ley establece además que en el mismo acto en el que se elija al presidente deberá designarse a quien lo sustituirá durante ese período ante una ausencia o impedimento transitorio.

De esta manera, una licencia, enfermedad u otra circunstancia imprevista no obligará al Tribunal a iniciar una discusión urgente para determinar quién debe asumir temporalmente la conducción.

Neuquén busca evitar interinatos y vacíos de conducción

La reforma incorpora también una respuesta para situaciones definitivas. Si se produce el cese permanente de quien ejerce la presidencia, deberá avanzarse inmediatamente con la designación de una nueva autoridad.

El objetivo es evitar interinatos prolongados o escenarios de incertidumbre dentro del máximo tribunal provincial.

La lógica de la norma es que la sucesión quede prevista antes de que aparezca el problema y que exista siempre una autoridad formalmente habilitada para ejercer las responsabilidades correspondientes.

Con esta modificación, Neuquén establece por ley un mecanismo destinado a reducir la posibilidad de que una diferencia entre los integrantes del Tribunal derive en un bloqueo institucional.

Un esquema similar al nacional, adaptado a Neuquén

Uno de los criterios considerados durante el impulso de la reforma fue el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuyos integrantes también eligen a su presidente mediante un sistema de mayoría.

El modelo neuquino presenta una diferencia fundamental: la Constitución provincial determina una rotación anual de la presidencia entre los miembros del TSJ.

La ley sancionada combina ambos principios. Mantiene la particularidad constitucional de Neuquén, pero incorpora un procedimiento de mayoría simple para facilitar la elección y un mecanismo previamente establecido para los reemplazos.

No se altera, por lo tanto, la estructura constitucional del Tribunal, sino que se reglamenta su funcionamiento con reglas destinadas a ofrecer mayor previsibilidad.

Autogobierno y continuidad institucional

Otro aspecto central es que la elección continuará completamente en manos de los integrantes del Tribunal Superior de Justicia. El Poder Ejecutivo y la Legislatura no intervienen en la definición de quién ejercerá la presidencia.

La reforma busca así fortalecer el autogobierno judicial y, al mismo tiempo, establecer herramientas que impidan que eventuales diferencias internas afecten el funcionamiento del organismo.

La mayoría simple permite resolver la elección; la designación simultánea de un reemplazante garantiza la continuidad frente a ausencias transitorias; y la obligación de elegir inmediatamente una nueva autoridad ante un cese definitivo evita extender situaciones de provisionalidad.

La sanción convierte ahora esos principios en reglas concretas de funcionamiento para el máximo tribunal neuquino.