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15/12/2025

El Gobierno decretó asueto el 24 y 31 de diciembre: qué pasa con el fin de semana largo

El Gobierno Nacional confirmó asueto administrativo para el 24 y el 31 de diciembre.

El Gobierno Nacional confirmó oficialmente el asueto administrativo para las fiestas de fin de año, una medida que alcanza al personal de la Administración Pública Nacional. La decisión fue formalizada mediante el Decreto 883/2025, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete Manuel Adorni.

Según establece la norma, los días 24 y 31 de diciembre serán considerados asueto, en reconocimiento al “arraigado significado cultural, social y familiar” que tienen estas fechas en todo el país, tradicionalmente asociadas a reuniones, celebraciones y encuentros familiares.

De este modo, los trabajadores comprendidos en el decreto no deberán concurrir a sus lugares de trabajo en las vísperas de Navidad y Año Nuevo. Sin embargo, la disposición aclara que no alcanza a las entidades bancarias ni a las empresas y entidades financieras regidas por la Ley de Entidades Financieras.

¿Habrá fin de semana largo por las fiestas?

Pese al anuncio del asueto, no habrá fin de semana largo en las celebraciones de fin de año. Si bien los empleados de la administración pública no trabajarán el 24 y el 31 de diciembre, los días 25 de diciembre y 1° de enero continúan siendo feriados nacionales inamovibles, lo que genera jornadas consecutivas sin actividad solo en la previa inmediata a cada fecha.

En 2025, el calendario queda configurado de la siguiente manera:

  • Miércoles 24 de diciembre: asueto administrativo

  • Jueves 25 de diciembre: feriado nacional por Navidad

  • Viernes 26 de diciembre: día laboral normal

  • Sábado 27 y domingo 28: fin de semana

Por este esquema, queda descartada la posibilidad de un fin de semana largo, ya que el viernes 26 de diciembre será laborable en todo el país. Lo mismo ocurrirá tras Año Nuevo.

En el caso de quienes deban trabajar durante los feriados inamovibles, la legislación vigente establece el pago doble de la jornada, tal como ocurre habitualmente.

Feriados inamovibles del 2026

De cara a la planificación del próximo año, el calendario oficial ya define los feriados inamovibles de 2026, que son los siguientes:

  • Jueves 1 de enero: Año Nuevo

  • Lunes 16 y martes 17 de febrero: Carnaval

  • Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia

  • Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas

  • Viernes 3 de abril: Viernes Santo

  • Viernes 1 de mayo: Día del Trabajador

  • Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo

  • Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano

  • Jueves 9 de julio: Día de la Independencia

  • Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María

  • Viernes 25 de diciembre: Navidad